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Derecho a huelga ce
Negociación colectiva
Artículo 1 1. Todos los pueblos tienen el derecho de autodeterminación. En virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural. 2. 2. Todos los pueblos pueden disponer libremente, para sus propios fines, de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional, basada en el principio del beneficio recíproco, y del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia. 3. Los Estados Partes en el presente Pacto, incluso los que tienen la responsabilidad de administrar territorios no autónomos y en fideicomiso, promoverán el ejercicio del derecho de libre determinación, y respetarán este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas.
Artículo 3 Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos económicos, sociales y culturales enunciados en el presente Pacto.
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El derecho a la huelga. El artículo 7 de la Ley establece, en parte, que “los trabajadores tendrán derecho. . a participar en otras actividades concertadas con fines de negociación colectiva u otra ayuda o protección mutua”. Las huelgas están incluidas entre las actividades concertadas protegidas para los empleados por esta sección. El artículo 13 también se refiere al derecho de huelga. Dice lo siguiente:
Nada de lo dispuesto en esta ley, salvo lo específicamente previsto en ella, se interpretará de manera que interfiera o impida o disminuya en modo alguno el derecho de huelga, o que afecte a las limitaciones o calificaciones de ese derecho.
Huelgas legales e ilegales. La legalidad de una huelga puede depender del objeto, o propósito, de la huelga, de su momento, o de la conducta de los huelguistas. El objeto, o los objetos, de una huelga y si los objetos son lícitos son cuestiones que no siempre son fáciles de determinar. A menudo, estas cuestiones tienen que ser decididas por el Consejo Nacional de Relaciones Laborales. Las consecuencias pueden ser graves para los empleados en huelga y para los empleadores afectados, ya que implican cuestiones de reincorporación y pagos retroactivos.
La negociación colectiva
Aunque el artículo 151 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) establece que “[l]a Unión y los Estados miembros (…) tendrán como objetivo el fomento del empleo y la mejora de las condiciones de vida y de trabajo, a fin de conseguir su armonización mientras se mantiene dicha mejora (…)”, el artículo 153, apartado 5, del TFUE excluye explícitamente el derecho de huelga de las disposiciones sobre las que la Unión tiene competencia para legislar. Sin embargo, la huelga es uno de los medios fundamentales de que disponen los trabajadores y sus organizaciones para promover sus intereses económicos y sociales. Es la forma más visible y controvertida de acción colectiva en caso de conflicto laboral y a menudo se considera el último recurso de las organizaciones de trabajadores para conseguir sus reivindicaciones. El derecho de huelga está explícitamente reconocido en las constituciones y/o leyes de muchos países. Puede adoptar muchas formas, desde la retirada total del trabajo por un periodo indefinido hasta formas más restringidas de protesta.
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2En Australia, la capacidad de los empleados para emprender legalmente acciones de huelga está regulada por la Parte 3-3 de la Ley de Trabajo Justo de 2009 (Cth) (Ley FW). Durante las negociaciones de los convenios de empresa única, los empleados y sus representantes en la negociación pueden emprender acciones laborales protegidas en apoyo de sus reivindicaciones respecto al convenio propuesto. Una vez que los trabajadores han emprendido una acción laboral protegida, los empresarios pueden responder con su propia acción laboral protegida en forma de cierre patronal.
3La acción industrial protegida es una acción que se ajusta a la definición de “acción industrial” de la Ley FW, artículo 19, y que ha cumplido los requisitos legales para obtener el estatus de acción “protegida”. Los requisitos legales para que una acción esté protegida son, entre otros, los siguientes
4 Cuando la acción industrial protegida cumple con los requisitos previos y se inicia dentro de los 30 días siguientes a la declaración de la votación que aprueba la acción, puede continuar indefinidamente a menos que se llegue a un acuerdo, o que la FWC ordene que la acción se suspenda o termine debido a su impacto en las propias partes negociadoras, o en terceros.