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Legítima estricta en metálico
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En derecho penal, los delitos de responsabilidad objetiva son acciones que se consideran delictivas independientemente de las intenciones de la persona. Los acusados por delitos de responsabilidad objetiva serán condenados incluso si no eran conscientes de que sus acciones eran delictivas e incluso si no tenían intención de delinquir.
En el derecho de daños, la responsabilidad objetiva impone la responsabilidad de una parte sin que se determine la culpa. Esto contrasta con las reclamaciones contra una parte por negligencia o intención torticera. La parte que presenta una reclamación de responsabilidad objetiva sólo tiene que demostrar que se ha producido el daño y que el demandado es responsable.
En el derecho de daños, como ya se ha dicho, el demandado es plenamente responsable de cualquier daño sufrido por otra parte, independientemente de si el daño fue intencionado. Las categorías de responsabilidad objetiva en el derecho de daños incluyen las siguientes:
Animales: El propietario o la persona en posesión de ciertos tipos de animales es responsable de las lesiones si el animal causa daños a otra persona o animal. Esto incluye ganado como vacas, caballos, toros o cabras. Los animales anormalmente peligrosos también entran en esta categoría e incluyen serpientes, tigres, monos u osos. Si una persona está en posesión de un animal salvaje y ese animal causa lesiones, se asume la responsabilidad.
Delitos y penas de blanqueo de capitales en el reino unido
El blanqueo de capitales es un delito en Estados Unidos desde 1986, lo que convierte a este país en uno de los primeros en tipificar como delito la conducta de blanqueo de capitales. Existen dos disposiciones penales sobre el blanqueo de capitales, las secciones 1956 y 1957 del 18 United States Code (18 U.S.C. §§ 1956 y 1957).
En general, es un delito realizar prácticamente cualquier tipo de transacción financiera si una persona realizó la transacción a sabiendas de que los fondos eran el producto de una “actividad delictiva” y si el gobierno puede demostrar que el producto procedía de una “actividad ilícita especificada.” La actividad delictiva puede ser una violación de cualquier ley penal: federal, estatal, local o extranjera. Las actividades ilícitas especificadas se recogen en la ley e incluyen más de 200 tipos de delitos en Estados Unidos, desde el tráfico de drogas, el terrorismo y el fraude, hasta los delitos tradicionalmente asociados a la delincuencia organizada, así como determinados delitos extranjeros, como se analiza más adelante en la pregunta 1.3.
Según la Sección 1956, la transacción puede ser (1) con la intención de promover la realización de la actividad ilícita especificada; (2) con la intención de participar en la evasión de impuestos de Estados Unidos o de presentar una declaración de impuestos falsa; (3) a sabiendas de que la transacción es, en su totalidad o en parte, para disfrazar la naturaleza, la ubicación, la fuente, la propiedad o el control de los ingresos de una actividad ilícita especificada; o (4) con la intención de evitar un requisito de notificación de transacciones en virtud de la ley federal o estatal.
Elementos de responsabilidad objetiva
El blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo y la delincuencia organizada relacionados con él siguen siendo problemas importantes a escala de la Unión, lo que perjudica la integridad, la estabilidad y la reputación del sector financiero y amenaza el mercado interior y la seguridad interior de la Unión. Para hacer frente a esos problemas y complementar y reforzar la aplicación de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), la presente Directiva tiene por objeto luchar contra el blanqueo de capitales mediante el Derecho penal, permitiendo una cooperación transfronteriza más eficaz y rápida entre las autoridades competentes.
Las medidas adoptadas únicamente a nivel nacional o incluso de la Unión, sin tener en cuenta la coordinación y la cooperación internacionales, tendrían un efecto muy limitado. Por lo tanto, las medidas adoptadas por la Unión para luchar contra el blanqueo de capitales deberían ser compatibles con otras acciones emprendidas en los foros internacionales, y al menos tan estrictas como éstas.
La Decisión marco 2001/500/JAI del Consejo (3) establece los requisitos relativos a la tipificación del blanqueo de capitales. Sin embargo, dicha Decisión marco no es lo suficientemente completa y la actual tipificación del blanqueo de capitales no es lo suficientemente coherente como para luchar eficazmente contra el blanqueo de capitales en toda la Unión y da lugar a lagunas en la aplicación de la ley y a obstáculos a la cooperación entre las autoridades competentes de los distintos Estados miembros.
Delitos de blanqueo de capitales en el reino unido
La lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo es una cuestión de sostenibilidad, como se expresa en el Objetivo de Desarrollo Sostenible 16.4 “Para 2030, reducir significativamente los flujos financieros y de armas ilícitas, reforzar la recuperación y la devolución de los activos robados y combatir todas las formas de delincuencia organizada.” Más información: Objetivos de Desarrollo Sostenible
En el sistema de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, varios organismos desempeñan diferentes tareas. En el marco del sistema preventivo, también existen requisitos estrictos para gran parte del sector privado. Detectar un intento de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo es comparable a encontrar una aguja en un pajar: cuantos más sean los que buscan, mejores sean sus herramientas y mejor sea su cooperación, más fácil será encontrar la aguja.
A cualquier persona que participe en el sistema de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo le resultará útil conocer los riesgos a los que están expuestos los sistemas financieros sueco e internacional. Cuanto mejor conozca sus propios riesgos, más medidas efectivas y estratégicas podrá tomar para mitigarlos. Las agencias y organizaciones suecas e internacionales elaboran periódicamente evaluaciones de riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.