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Raymond ejerce la abogacía desde 2003. Tras completar su doble titulación en Derecho y Dirección de Empresas en Madrid (ICADE), pasó a trabajar en prestigiosos despachos de abogados españoles e ingleses en España. También tiene experiencia internacional, habiendo trabajado durante varios años en el Reino Unido para una importante multinacional británica.
Aprovechando los amplios conocimientos y la experiencia adquirida, creó su propio despacho en Marbella. Asesora principalmente a clientes domiciliados en el Reino Unido y en otros países. Sus principales áreas de especialización son la transmisión de bienes inmuebles y la fiscalidad de los no residentes.
impuesto de sucesiones en andalucía
El pasado 9 de abril, la Junta de Andalucía aprobó, a través de un Decreto Ley, una modificación del impuesto de sucesiones y donaciones que, en concreto, supone un gran ahorro fiscal en el impuesto de donaciones. Esta modificación legislativa introdujo una bonificación del 99% de la cuota tributaria a pagar en el impuesto de sucesiones y donaciones, es decir, sólo se pagaría el 1% de lo que se pagaba anteriormente.
Ni que decir tiene que el Impuesto de Sucesiones y Donaciones está cedido a las distintas Comunidades Autónomas que componen España por lo que esta bonificación es la que está vigente en Andalucía. Pero, dependiendo de la ubicación del inmueble o de la residencia del destinatario (para los bienes muebles) -la persona que recibe el bien-, la legislación será diferente en materia de sucesiones y donaciones.
Con la legislación anterior, la cuota tributaria de esta donación hubiera sido de 31.621,21 euros, lo que significa que el hijo hubiera tenido que pagar 31.621,21 euros de impuestos tras recibir este dinero de este padre. Con la nueva normativa, esta cuota tributaria de 31.621,21 euros puede beneficiarse de una bonificación del 99%, lo que significa que, ahora, el hijo pagaría un impuesto de 316,21 euros. Sin duda, supone un gran ahorro fiscal. Cuando se dona dinero u otros bienes muebles, la normativa aplicable a estos efectos será la de la residencia del donatario.
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Bonificación del impuesto de sucesiones en Andalucía, cambios en 2019Hasta ahora, Andalucía tenía una bonificación fiscal básica para evitar pagar el impuesto de sucesiones por el primer millón de euros. Pero el nuevo decreto 1/2019 aprobado el 11 de abril por la Junta de Andalucía añade una bonificación del 99% para los bienes de más de un millón de euros, casi suprimiendo el impuesto de sucesiones en Andalucía.
Tanto si eres residente fiscal como si no, si posees bienes en España tus herederos estarán obligados a declarar estos bienes en España como parte de la herencia en caso de tu fallecimiento. Se trata de una formalidad obligatoria, independientemente de la nacionalidad y la condición de residente tanto del donante o fallecido como del beneficiario.
Si el patrimonio heredado o los bienes son inferiores al millón de euros, sus herederos estarán exentos de pagar el impuesto de sucesiones. Pero curiosamente, nuestra experiencia como abogados en Málaga y la Costa del Sol demuestra que el valor de una propiedad puede superar fácilmente el millón de euros en zonas como Mijas, Marbella, Estepona o Nerja.
impuesto sobre donaciones en españa
En España cada región tiene una normativa fiscal diferente y, por tanto, heredar o regalar un inmueble tendrá diferentes implicaciones fiscales dependiendo de dónde se encuentre el mismo. Lo cierto es que esas diferencias pueden ser sustanciales y, como verá en este artículo, la cuantía de los impuestos varía según se trate de una donación en vida o de una transmisión tras el fallecimiento.
A menudo nos encontramos con clientes que valoran si regalar su propiedad en España a los hijos mientras están vivos en lugar de esperar a transferírsela después del fallecimiento. En algunos casos, esto se debe a que esos clientes ya no utilizan la propiedad, pero los hijos sí. En otros casos, esos clientes piensan que esto ahorrará a sus beneficiarios el pago del Impuesto de Sucesiones en España.
En este estudio, vamos a hacer una comparación entre los diferentes regímenes fiscales que se aplican en algunas regiones de España (llamadas Comunidades Autónomas), centrándonos en aquellas regiones donde los británicos (y los extranjeros en general) han estado comprando propiedades con más frecuencia: Andalucía, Baleares, Canarias, Cataluña, Madrid y Comunidad Valenciana.