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Coeficientes reductores jubilacion anticipada involuntaria
jubilación involuntaria
En este estudio se utilizan técnicas de meta-análisis para resumir una cantidad cada vez mayor de estudios empíricos con el fin de proporcionar una comprensión sólida de los antecedentes y los correlatos posteriores de la RE y sugerir posibles vías de investigación futura. Así, este meta-análisis se ha guiado por dos preguntas de investigación. En primer lugar, ¿cuáles son los principales antecedentes y correlatos de la RE? En segundo lugar, ¿qué factores metodológicos y contextuales actuarían como posibles moderadores de la relación entre la RE y sus correlatos anteriores y posteriores? Para responder a estas preguntas, (a) realizamos un meta-análisis de los estudios empíricos sobre los correlatos antecedentes y posteriores de la RE; y (b) exploramos los moderadores potenciales mediante ANOVA análogo y análisis de regresión ponderada (modelo de efectos aleatorios).
En la segunda y más reciente revisión, Fisher et al. (2016) integraron los estudios anteriores y propusieron un modelo específico para entender el momento de la jubilación, incluyendo los correlatos antecedentes y posteriores agrupados en términos de factores familiares, laborales e individuales. Basado en la perspectiva del curso de vida de la jubilación (Elder y Johnson, 2001), el modelo incluye un enfoque multidisciplinar y enfatiza el papel de las esferas vitales interdependientes (familia, trabajo y comunidad), así como la agencia humana. Este poder personal para definir y perseguir los propios objetivos interactúa con las limitaciones individuales bajo las que se produce la jubilación, como las finanzas y la salud. La presente revisión de los correlatos de los antecedentes de la RE se realizará a partir del modelo de Fisher, Chaffee y Sonnega, representado en la figura 1.
diferencia entre la jubilación voluntaria y la involuntaria
En general, el tiempo en el que se puede rebajar la edad de jubilación del trabajador se tomará como asegurado a los únicos efectos de determinar el porcentaje aplicable para el cálculo de la cuantía de la pensión de jubilación.
Se tomará como asegurado el tiempo en el que se puede rebajar la edad de jubilación del trabajador. Sobre esta base, se aplicará el porcentaje aplicable a la base de cálculo correspondiente, en función de los años de cotización.
La cuantía de la pensión se determina aplicando a la base de cálculo el porcentaje correspondiente en función de los años de cotización. La cuantía resultante se reducirá aplicando unos coeficientes reductores que variarán en función de si el suyo fue un cese involuntario o voluntario.
En ambos casos, una vez aplicados los coeficientes reductores, la cuantía de la pensión no podrá ser superior a la que resulte de reducir el tope máximo de la pensión en un 0,5% por cada trimestre o fracción de trimestre del periodo de prejubilación (2% anual).RompejergasDocumentos que necesitarásConoce tus derechosEstos enlaces te ayudarán a conocer tus derechos en España. No son enlaces de la Comisión Europea y no representan la opinión de la Comisión:
la jubilación anticipada en españa
ResumenEl progreso técnico afecta a la jubilación anticipada de dos maneras opuestas. Por un lado, aumenta los salarios reales y, por tanto, produce un incentivo para posponer la jubilación. Por otro lado, erosiona las habilidades de los trabajadores, haciendo más probable la jubilación anticipada. Volvemos a examinar el efecto del progreso técnico sobre la jubilación anticipada en Estados Unidos. Medimos el cambio técnico durante toda la vida laboral de los individuos y encontramos que su efecto sobre la probabilidad de jubilación anticipada no es monotónico. En particular, cuando el cambio técnico es pequeño, domina el efecto erosión, pero cuando es grande domina el efecto salario. Estos resultados pueden indicar que cuanto mayor es el cambio técnico, más dispuestos están los mayores a reciclarse, lo que tiene implicaciones políticas directas para el diseño de programas de formación para mayores.
Cada individuo reporta el sector de especialización como el “sector con mayor permanencia”. Este sector es único por construcción para cada individuo.4 Para la gran mayoría de las observaciones, el sector de especialización coincide con el “sector actual”, que también se informa en la encuesta en cada ola. Sin embargo, creemos que la variable sectorial más relevante para la medición del cambio técnico experimentado por el individuo a lo largo de su historia laboral es el sector de especialización.5 Nuestra agregación relativamente grande, con sólo 13 sectores, implica que los individuos que cambian de sector a lo largo de las oleadas (y que, por tanto, pueden informar en algún momento de un sector actual que difiere del sector con mayor permanencia en el puesto) representan sólo alrededor del 11% de las observaciones.6
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La Autoridad para la Jubilación Anticipada Voluntaria (VERA) permite a los organismos que están llevando a cabo una reestructuración sustancial, una remodelación, una reducción de tamaño, una transferencia de funciones o una reorganización, reducir temporalmente los requisitos de edad y servicio para aumentar el número de empleados que pueden optar a la jubilación. La autoridad fomenta más separaciones voluntarias y ayuda a la agencia a completar el cambio organizativo necesario con una interrupción mínima de la fuerza de trabajo. Al ofrecer estas oportunidades a corto plazo, un organismo puede hacer posible que los empleados reciban una renta vitalicia inmediata años antes de que puedan optar a ella.
Los empleados que consideren una jubilación anticipada deben consultar con su oficina de recursos humanos y seguir los procedimientos de la agencia para recibir una estimación de la anualidad y obtener asesoramiento específico para su situación personal.
No hay reducción de la anualidad en el FERS para los empleados que se jubilan voluntariamente de forma anticipada antes de los 55 años. A los empleados transferidos al FERS con un componente CSRS en su anualidad, que se jubilen antes de los 55 años, se les reducirá la parte CSRS de la anualidad pagadera en una sexta parte del uno por ciento por cada mes completo que sea menor de 55 años. No se aplicará ninguna reducción al componente FERS de la anualidad.